LA BIBLIOTECA COMO INSTITUCIÓN SOCIAL DE SERVICIO PÚBLICO
El epígrafe de este escrito es posible desmembrarlo en dos momentos:
1] La biblioteca como institución social
2] La biblioteca como institución de servicio público
El primer momento está vinculado a la teoría referente a la «Bibliotecología social», pues es en esta esfera cognoscitiva en la que se estudia y analiza la idea de que la “biblioteca es una institución social”; el segundo momento indica que la “biblioteca es un organismo de servicio público”. Es esta segunda noción que nos interesa detallar. Por esto, es esencial partir del significado de la palabra “servicio” y del término “servicio público” para lograr comprender, desde otras aristas, expresiones como «servicio de biblioteca», «servicio público de biblioteca» y «servicio bibliotecario al público». Es decir, comenzar de lo general a lo particular.
Entonces, ¿qué significa servicio? ¿cómo se define la expresión servicio público? En relación con el vocablo “servicio” es preciso poner atención en las diferentes acepciones que el Diccionario de la Academia de la Lengua Española nos ofrece para seleccionar aquellas que más se apegan a nuestra percepción que tenemos del término «servicio de biblioteca», estudiado desde diferentes puntos de vistas en varias asignaturas que se cursan durante la licenciatura en bibliotecología. Este diccionario refiere en torno a la palabra «servicio»:
- Acción y efecto de servir
- Organización y personal destinados a cuidar intereses o satisfacer necesidades del público o alguna entidad oficial o privada.
- Función o prestación desempeñadas por organizaciones de servicio y su personal.
Esta misma obra de referencia nos define el concepto de servicio público así:
Actividad llevada a cabo por la Administración o, bajo en un cierto control o regulación de esta, por una organización, especializada o no, y destinada a satisfacer necesidades de la colectividad.
Pero dada la teoría escrita sobre la noción de servicio público, es indispensable ir más allá de lo que dice este diccionario.
En efecto, el término “servicio público” es categoría o concepto que se estudia en diferentes ramas del derecho, como en:
- Derecho administrativo
- Derecho público
- Derecho municipal
Es común en el estudio tradicional de la administración de los servicios bibliotecarios, soslayar o pasar por alto el análisis de este elemento funcional de las bibliotecas desde una perspectiva del derecho administrativo, o de la teoría general del Estado y de la ciencia política. El enfoque predominante en la enseñanza de este asunto comúnmente se ha limitado a la comprensión del proceso administrativo empresarial, el cual, como sabemos, se constituye por las etapas de planificación, organización, dirección, control o evaluación. Es decir, al estilo de la teoría que detalla Idalberto Chiavenato en su libro Introducción a la teoría general de la administración: una visión integral de la moderna administración de las organizaciones (México: McGraw-Hill, 2019).
Esta vez no es la óptica clásica empresarial la que nos interesa, sino la de la rama del derecho administrativo porque es la perspectiva la que nos explica que toda actividad que implica servicio público está asociada al quehacer que realiza de la Administración Pública, organismo gubernamental del Estado; porque esta perspectiva nos permite comprender que las bibliotecas son entidades de derecho, por ende, no están al margen de la legislación, de las leyes por las cuales se regula toda actividad al servicio del Estado. Un acercamiento en relación con este encuadre se expone en:
El paradigma público de la biblioteca pública
https://www.ofaj.com.br/colunas_conteudo.php?cod=728
Pero el paradigma público de las instituciones bibliotecarias no se limita a la biblioteca pública propiamente dicha, pues la noción de «servicio público» abarca todos los tipos de bibliotecas (escolares, académicas, especializadas y nacionales) que se encuentran funcionando en el complejo sector público. Más aún, también se pueden incluir aquellas que se hallan en los sectores social y privado, pues estos también están regulados por la legislación, específicamente la de carácter bibliotecario (como la Ley General de Bibliotecas para el caso de México). La visión de los diferentes sistemas bibliotecarios que asisten a las personas, grupos, comunidades o sociedades es una característica de diversidad cultural o de multiculturalidad bibliotecaria. Fenómeno prácticamente inadvertido por la academia en bibliotecología, biblioteconomía y ciencia de la información.
Ciertamente no confundir la idea «servicios públicos bibliotecarios» o «servicio público de biblioteca» con las concepciones de «servicios bibliotecarios al público» o «servicio de biblioteca al público». Las primeras dos nociones denotan un sentido de servicio contemplado como derecho administrativo, público o municipal; las últimas dos indican los servicios bibliotecarios dirigidos a la comunidad de lectores y usuarios, con perspectiva rutinaria de administración bibliotecaria, es decir, orientada por el proceso administrativo consuetudinario. Un ejemplo de esto último es el viejo libro de Edward Evans: Técnicas de administración para bibliotecarios (México: UNAM, Dirección General de Bibliotecas, 1980), entre muchos otros. Para aclarar teóricamente esta diferencia de alcance, leer:
Los servicios públicos bibliotecarios como bien común público
https://core.ac.uk/download/pdf/11879307.pdf
En los libros clásicos sobre derecho público habitualmente los autores dedican un capítulo o apartado para tratar la teoría del servicio público, haciendo algunos de ellos alusión a la institución bibliotecaria como un genuino servicio público que por derecho constitucional el Estado tiene que crear, desarrollar y financiar; y el gobierno debe administrar o gestionar para beneficio del pueblo. Es en esta esfera política que la biblioteca, como servicio público, cobra una relevante importancia. Una proximidad a este punto de vista es:
La responsabilidad pública del personal bibliotecario
https://www.ofaj.com.br/colunas_conteudo.php?cod=1057
También ciertos autores que han abordado el tema del derecho municipal han considerado a la biblioteca pública como un servicio esencial que el gobierno local debe ofrecer, en el marco de los servicios culturales y educativos, a la comunidad. En el entorno del municipio cobra especial importancia la noción de «biblioteca municipal» como sinónimo de «biblioteca pública». Para entender mejor esta perspectiva, se sugiere leer esta nota:
El paradigma municipal de la biblioteca pública
https://www.ofaj.com.br/colunas_conteudo.php?cod=598
En concordancia con lo anterior, se puede concluir lo siguiente:
La noción de servicio, por un lado, y la de servicio público, por el otro, nos permite reconocer el influjo que tiene la biblioteca como:
1] institución de servicio público
2] institución al servicio del público
La primera premisa gravita en el estudio de diferentes ramas del derecho, así como de la teoría del Estado y de la ciencia política. La segunda en el campo de la eficaz administración para dirigir actividades y recursos humanos de una entidad, empresa u organización.
Asimismo, el estudio de temas bibliotecológicos, como el referente a la biblioteca como institución social de servicio público, requiere investigar el acervo de conocimientos de otras disciplinas, aparentemente separadas del quehacer bibliotecario. En este sentido, este asunto es de carácter inter y multidisciplinario.